Se ha publicado la Ley N° 31668 que excluye temporalmente, de la base imponible para la determinación del valor en aduana, un porcentaje de los gastos de transporte, en la importación definitiva de mercancÃas clasificadas en 16 subpartidas arancelarias referidas a los abonos nitrogenados, aceite crudo de soya y trigo.
Esta exclusión se podrá prorrogar, excepcionalmente, si las circunstancias que dieron su origen prevalecen durantela vigencia de la ley.
Los porcentajes de reducción de los gastos de transporte y conexos serán determinados por decreto supremo,conforme a un análisis técnico, vÃa decreto supremo a publicarse como maximo el 20 de enero.
La ley entra en vigencia el 07.01.2023 por un plazo de 6 meses, contados desde la entrada en vigencia del decreto supremo que determine los porcentajes de reducción de los gastos de transporte y conexos.
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