Comunicado de la SUNAT en relación a la posición del Tribunal Constitucional.
Expresamente reconoce que conforme a ley sólo podrá cobrar las deudas materia de discusión en este fallo, siempre que al final de los procedimientos administrativos y judiciales de cada caso particular, se concluya que son exigibles:
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) manifestó hoy que acata y respeta la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de declarar infundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra la primea disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo 1421.
Este fallo permitirá que las controversias tributarias que el Estado tiene con 158 contribuyentes continúen litigándose en sede administrativa y judicial y en caso se obtenga una decisión favorable, se podrá ejecutar el cobro de tales deudas.
¨La administración Tributaria queda ahora habilitada para seguir discutiendo estas deudas determinadas en las instancias legales correspondientes, conforme a un estado de derecho¨, anoto el Superintendente Nacional de la SUNAT, Luis Enrique Vera Castillo.
Destaco que el máximo órgano de interpretación constitucional, con autonomÃa, independencia y luego de un amplio debate, ha adoptado la posición jurÃdica que el Estado Peruano ha defendido durante todo el proceso y que, considera, responde a una interpretación valida y lógica de las normas tributarias que regulas la prescripción.
Asimismo, señalo que el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, en el marco de un irrestricto respeto a las normas, es fundamental para que el paÃs retome la senda del crecimiento y el desarrollo.
El titular del ente recaudador manifestó, además, que esta decisión compromete a la SUNAT a continuar trabajando decididamente por una tributación justa en busca del bien común.
Fuente: Gerencia de Comunicaciones SUNAT
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